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Estimados compañeros:
Desde el pasado 28.07.2010 se aplica el RD 1952/2009, de 18 de diciembre, y la Resolución de AESA de 30.04.2010, por los que se adoptan requisitos relativos a las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial.
Os adjuntamos los documentos realizados por nuestras distintas Secciones Sindicales con la información relativa a cada una de ellas, así como la Resolución de AESA con los criterios interpretativos de la nueva ley.
Sección Sindical de Iberia. 
Sección Sindical de Air Europa. 
Sección Sindical de Spanair.
Circular Aviación Civil 17.12.10. 
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